Ex Sub prefecta de Condocanqui María Clarivel Huaman Jintach sentenciada por corrupción.

La corrupción es como una de esas enfermedades vergonzantes que se trata de disimular, y se esconde hasta que no puede ocultarse su manifestación... 

                                                                                                Bergoglio, JM (2014).



Cuando Dios hizo el mundo, lo hizo a través del mando, la voz. Dijo Dios: «Haya luz», y hubo luz. (Génesis, 1, 1) Entonces fue la voz razón y verdad, con la voz se ordenaba y se hacía. Así aprendió el hombre que la voz tenía un poder. En la política la voz también tiene un poder. Se ponen en prenda la voz, la palabra y se espera mucho de ella. Se espera que lleve la verdad y sobre todo que represente la voz de quienes dicen representante, los militantes.

Si la palabra no se cumple somos objeto de censura. Por lo tanto es importante expresar la verdad en los hechos ya través de las palabras, construir un pacto de integridad con los nuestros. 

Sin embargo no siempre es así. Siempre de acuerdo a las declaraciones y acuerdo que obran en la Fiscalía de Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios-Sede Bagua

El 29AGOST2024 la ciudadana mencionó que en una conversación telefónica (WhatsAap):(...) estaba preocupada por tener las garantías por las amenazas que habría recibido de mi ex pareja (...) la sub prefecta me dice: "claro si pagas la resolución sale esta semana"

8:00 horas del  02SET2024 , se entrevistó a la ciudadana quién habría reconocido ante Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios-Sede Bagua que la entonces María Clarivel Huaman Jintach Sub prefecta Provincial de Condorcanqui, ante la pregunta sobre el otorgamiento del derecho para la emisión de garantías, respecto a la investigación por la presunta autoridad comisión del delito contra la Administración Pública en su figura de Cohecho:  

"No me ha enviado ningún código, lo único que me ha enviado es su número de cuenta personal del Banco de la nación para inicialmente depositarle los doscientos soles que me había solicitado ". 

El medio digital PATV DIGITAL: el 10 de septiembre informaría: 




El delito de cohecho pasivo propio, se encuentra regulado en el artículo 393° del Código Penal ocurre cuando : el funcionario público acepta, recibe o solicita, directa o indirectamente donativo o beneficio indebido para hacer un acto propio de su carga, sin faltar a su obligación.


Las diligencias sobre se realizaron el 6 de septiembre del 2024:

12:15 horas del 06SET2024 , el representante del Ministerio Público, Abg. Miguel Ángel Flores Soto - Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios-Sede Bagua junto a su equipo, se entrevistaron a María Clarivel Huaman Jintach en calidad de investigada, para realizar la investigación y buscar información a cerca de otorgamiento de garantías:

¿Existen pagos por derecho por derechos por otorgamiento de garantías en la pregunta uno (1)?
(...) Asimismo señala que por los demás dos garantías personales y por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, no existe pago alguno siendo esto totalmente gratuito.

Con respecto a las garantías personales según la  “Directiva de otorgamiento de Garantías Personales”, aprobada por la Resolución Jefatural Nº 0316-2015-ONAGI-J y los numerales 1, 2 y 3 del artículo 147 del Texto Único Ordenado Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS. – ,se establece de manera expresa que las solicitudes de otorgamiento degarantías personales son de carácter gratuito.

Para  Valderrama, 2021:  
Esta modalidad ocurre cuando el funcionario o servidor acepta recibe o  solicita ventaja o beneficio para realizar un acto propio de su función pública  o como consecuencia de haberlo realizado, en donde la irregularidad se sustenta en el hecho de haber solicitado innecesariamente un incremento en su haber patrimonial. . . . . . . . . . . . . . o alguna otra ventaja cuando el Estado ya lo retribuye con una remuneración por su carga.

En el derecho son importantes los verbos, recordemos  "solicita ventaja o  beneficio para realizar un acto propio de su función pública". Recordemos que dentro de las funciones de la ex subprefecta de Condorcanqui conoce bien las funciones en relación al cargo desempeñado.

El numeral 7.5.8 del ítem 7.5 del artículo VII de la Directiva Nº 0010-2015-ONAGIDGAP, señala: “El plazo máximo para resolver una solicitud de garantías personales es de treinta (30) días hábiles, contados desde el inicio del procedimiento” .


14:30 horas del  12 SET2024, a solicitud de las partes, la investigada representada por su abogado y el Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios-Sede Bagua se celebró la audiencia para establecer un acuerdo provisional de terminación anticipada por el delito de "Cohecho pasivo impropio".


El Tibunal Constitucional al respecto señaló en su: Pleno. Sentencia 709/2020 en el fundamento 7:

 La terminación anticipada es un proceso penal especial que se sustenta en el principio del consenso. Sentado lo anterior, cabe mencionar que este proceso implica la aceptación de responsabilidad por parte del imputado respecto del hecho punible objeto del proceso penal, y la posibilidad de negociación sobre las circunstancias del hecho punible, la pena, la reparación civil y las consecuencias accesorias y en el que no se encuentra permitida la actuación de pruebas.
La Ex subprefecta de la Provincia de Condorcanqui (Amazonas) se habría acogido a una terminación anticipada como autora del delito contra la administración (corrupción), delitos cometidos por funcionarios públicos, en su forma de cohecho pasivo impropio.

 La ciudadana es María Clarivel Huaman Jintach fue sentenciada como con una pena de cuatro años, dos meses, suspendida y una inhabilitación de la función pública, además de una reparación civil de 5 mil soles a ser pagadas en 10 armadas de S/. 500.00 cada uno por haber solicitado dinero a un ciudadana para realizar la función de otorgar garantías personales, trámite que es actualmente gratuito.


La señora acepta su culpabilidad y por lo tanto no podrá ejercer la docencia en una IE pública por 4 años y 2 meses, además que de acuerdo. El haber salido a la radio a decir que no cometió ningún delito habría infringido  el acuerdo y su pena podría cambiar a efectiva.

Se puede decir que fue condenada por corrupción, sí. El delito que acepta es un delito de corrupción, por tanto legalmente es corrupta. A pesar de que ella diga lo contrario...

La ex Sub prefecta fue condenada por corrupción, sí. El delito que acepta es un delito de corrupción, por tanto legalmente es corrupta. A pesar de que ella diga lo contrario...





Según el documento atención Ministerio de Educación y otras entidades públicas: 

La ex subprefecta no puede trabajar como docente, agente municipal, inspector, etc. Ningún trabajo relacionado y/o dependientes del Estado. 

En cuanto a la reparación civil, siempre es recomendable pagar y salir de eso. Si no podría cambiar la pena suspendida por, pena con prisión efectiva. 

En un medio de comunicación María Clarivel Huaman Jintach Ex Sub prefecta Provincial de Condorcanqui día 13/09/2024 en la Radio AW en una transmisión en directo:

"no soy partícipe de la corrupción, entonces siempre he detestado la corrupción(1) "

 

 "Entonces yo lo que puedo decir es hay personas que quieren que seamos como los demás quiero decir yo nunca voy a andar tras de nadie tengo mis mis principios mis valores quizás no voy a ser partícipe a estos personajes de autoridades que tenemos los puedo llamar autoridades lacras que tenemos acá en la provincia de Condorcanqui quizás no soy su partícipe ello y me quieren excluir y noticias no es un indígena que hace sus pronunciamientos (…) anuncio voy a ser participe porque yo no voy a permitir más callarme y estar mirando que delante  de mi hagan lo que quieran (1)"

Recordemos: 
Si simplemente te expresas en un medio de comunicación diciendo que eres inocente, podrías enfrentar una multa o una condena de arresto por violar el acuerdo. Sin embargo, si tu declaración causa daño a otros involucrados en el caso la la credibilidad de la justicia, podrías enfrentar cargos más serios, como por ejemplo denuncia por difamación o perjurio.

 Al haber aceptado el acuerdo de determinación anticipada, no puedes pronunciarte en medios de comunicación diciendo que no lo hiciste, ya que esto violaría lo que aceptaste en el acuerdo con el fiscal. Al aceptar ser culpable y acordar la reparación civil, también te comprometiste a no divulgar información privada del caso en medios de comunicación. Si lo haces, estarías violando el acuerdo y podrías enfrentar consecuencias legales.
Si ya saliste y dijiste que eres inocente, no puedes hacer nada. Lo mejor es que permanezcas en silencio, y cuando vuelva el tema, solo digas que ya es pasado.

 "Si algún fiscal o ciudadano la denuncia por presuntamente haber ido en contra del acuerdo, le toca atenérteme a las consecuencias y recibir un castigo. Lo mejor es guardar silencio en lo adelante y no volver a comentar nada sobre el asunto y mucho menos amenazar a las autoridades públicamente.

Si resulta que  su separación en el cargo de Sub Prefecta de Condorcanqui (Amazonas) fue por los actos de corrupción que ella rechaza eso sería muy grave, por lo tanto, aconsejamos que guarde silencio y deje de amenazar públicamente a las autoridades, así como lo hace su esposo...



(1)https://web.facebook.com/watch/live/?ref=watch_permalink&v=824749066443048

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