Silvia Samaniego Gutiérrez, Directora de la Ugel Condorcanqui a un paso de la destitución.


Ante la reciente publicación de la Ley 32242 que modifica el artículo 49 de la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944), nos hemos preguntado ¿A cuántos docentes podría afectar la nueva modificatoria de destitución docente? Habría que recurrir a nuestros registros para poder indagar. 

Por ejemplo; podría afectar a la recién designada directora de la Ugel Condorcanqui, Silvia Samaniego Gutiérrez, quién desde la sentencia en primera instancia pesa sobre sus hombros la presunción de un delito, que se encuentra dentro de los delitos de corrupción. Recordemos que según la tesis fiscal la hoy funcionaria y a los ojos del juez de primera instancia, durante su gestión como directora habría cometido el delito de  Peculado doloso por apropiación, ¿Qué conducta exige ese delito? "el funcionario se aprovecha de su cargo y usa o se apropia indebidamente de bienes públicos para él o un tercero".

Como es de conocimiento público, la señora Samaniego enfrentará una audiencia judicial el próximo 5 de marzo a las 8:30 a.m. En esta diligencia, el Poder Judicial deberá resolver si confirma la sentencia condenatoria dictada en primera instancia, dicha sentencia impone a la funcionaria cuatro años de pena privativa de la libertad efectiva, una multa de 1,350 soles y cuatro años de inhabilitación para ejercer funciones públicas. De confirmarse la sentencia, la señora Samaniego sería automáticamente separada de su cargo como directora de la UGEL Condorcanqui. 

De acuerdo al inciso 49.2. literal b) haber sido condenado por delito doloso (Peculado doloso por apropiación), y el inciso 49.6 mencionar que la inhabilitación para ejercer funciones en la docentes es de forma permanente. Lo que significa que la hoy Director de la Ugel en marzo, no solo se juega la permanencia en la Ugel, además se juega la permanencia en la docencia. 

"Por lo tanto, le quedarían 34 días hábiles a su gestión y la sombra de la destitución se pasea por los pasillos de la Ugel Condorcanqui". 

Según el registro de visitas del Ministerio de Educación, el día 16 de enero, Silvia Samaniego Gutiérrez, Directora de la UGEL Condorcanqui, sostuvo una reunión de trabajo en la sede ministerial. La reunión, que se desarrolló entre las 4:47 p.m. y las 7:41 p.m., fue a invitación de Conny Cindy Campos Salazar, Especialista en Asistencia Técnica en Convivencia Escolar de la Dirección de Gestión Escolar (DIGE).

Es importante destacar que la directora Samaniego Gutiérrez se encuentra actualmente involucrada en un proceso judicial por el presunto delito de peculado doloso. Los detalles específicos de la reunión, así como los temas tratados, no han sido divulgados públicamente hasta el momento. Es pertinente mencionar que la directora  de la Ugel continúa ejerciendo sus funciones mientras se desarrolla el proceso judicial y es altamente cuestionada en Amazonas. ¿Le informaron a la funcionaria del Minedu con quién se reunía? De que asuntos se puede tratar con alguien que podría dejar la Ugel en 34 días hábiles? Tiene conocimiento que actualmente la Ugel Condorcanqui se encontraría inactiva la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD).

La presunta inactividad actual de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) en la UGEL Condorcanqui plantea interrogantes sobre cómo se garantizará el derecho al debido proceso de los docentes en caso de que se inicien procedimientos administrativos en su contra. Dado que la CPPADD es el órgano encargado de tramitar estos procesos, su inactividad podría generar retrasos en la resolución de casos y, potencialmente, vulnerar el derecho de los docentes a una resolución pronta y justa.

Sería pertinente analizar las razones detrás de esta inactividad y evaluar las posibles consecuencias para los docentes y para la institución educativa en general, a quién no le conviene tener activa la CPPADD.

Es importante recordar que durante la gestión de Samaniego como jefa de personal en 2022, la activación de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) se retrasó significativamente, a pesar de las presiones de la Defensoría del Pueblo. Esta demora generó cuestionamientos sobre la voluntad de la administración de garantizar el debido proceso en la institución. Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo tuvo que intervenir para exigir la puesta en marcha de la CPPADD.

Considerando este antecedente, resulta relevante preguntarse si la actualmente se encuentra activo la CPPADD guarda relación con las acciones de la gestión anterior. Por otro lado, surge la interrogante sobre si el Dr. Pastor Izquierdo Suárez, Director Regional de Educación de Amazonas, está al tanto de los movimientos de su subordinada, la señora Samaniego, especialmente considerando su historial en relación con la activación de la CPPADD.

Nos dimos una vuelta por las oficinas de la Ugel Condorcanqui y Samaniego no dejó encargado(a) en la Dirección, ni siquiera cuenta con equipo de trabajo quien atienda en su ausencia para el normal funcionamiento de la UGEL. Será que nadie quiere asumir responsabilidades en una gestión que se sabe va camino a la destitución.

Nos preguntamos, si cae en desgracia la citada docente ¿Quién estará frotándose las manos? ¿Tal vez el nuevo Sub Prefecto de Condorcanqui? o ¿el ex Director de la Ugel Condorcanqui? Antes defensores y hoy enemigos públicos.

Nos cuestionamos si las docentes Rosemary Ivette Pioc Tenazoa y María Clarivel Huamán Jintach, correrían la misma suerte. 

María Clarivel Huamán Jintach, de profesión docente, quien fue separada en el 2024, por haber cometido el delito de Cohecho pasivo impropio, en calidad de sub prefecta de Condorcanqui habría solicitado dinero a un ciudadana para otorgarle garantías personales, este hecho la obligó a reconocer el delito en terminación anticipada: "el funcionario público acepta, recibe o solicita, directa o indirectamente donativo o beneficio indebido para hacer un acto propio de su cargo, sin faltar a su obligación.". Por ese delito el juez ordenó prisión no efectiva y una inhabilitación por 4 años, lo que la mantendrá fuera de las aulas (2024-2028). ¿Al ser un delito doloso, correría la misma suerte que Samaniego?

Rosemary Pioc Tenazoa fue separada de su cargo como docente en diciembre de 2023, varios meses antes de denunciar públicamente los 513 casos de violencia contra menores en Condorcanqui. La razón oficial de su separación fue la inasistencia injustificada a sus labores docentes por más de tres días, lo que constituye un abandono de cargo. La docente se negó a firmar la notificación de su separación temporal, alegando que estaba asistiendo a capacitaciones no oficiales. Sin embargo, es importante destacar que los directores no tienen la autoridad para otorgar permisos o licencias fuera de lo establecido en la normativa educativa. Las capacitaciones a las que asistía la docente, aunque pudieran ser relevantes, no estaban organizadas ni avaladas por las instituciones educativas correspondientes (UGEL, DRE o Minedu). Sin embargo, es fundamental separar este hecho de la decisión administrativa de separar a la docente de su cargo, la cual se basó en motivos estrictamente laborales.
 
Según la modificatoria en el inciso 49.2. literal i) advierte que quien incurre en inasistencia injustificada por más de tres días (abandono de cargo) es pasible a una destitución, como se recuerda la docente fue separa por asistir a capacitaciones que nada tenían que ver con las promovidas por la UGEL, DRE o Minedu, y que ningún director tiene la autoridad de otorgar permisos ni licencia con goce fuera de lo que la norma exige. 

Aunque desconocemos los detalles de las medidas que adoptará el Ministerio de Educación, podemos inferir que, de los tres ejemplos citados, al menos una persona, Samaniego podría ser destituida. La retroactividad de la norma podría impedir que las sanciones se apliquen a los otros casos.

La docente Pioc ha incurrido en su primera infracción por abandono de cargo, lo cual la sitúa en una situación delicada. Esta situación no es aislada, ya que otros docentes han enfrentado circunstancias similares. Según lo establecido en el inciso 49.3, las consecuencias de reiteradas faltas (3) de este tipo pueden llevar a la destitución. Es fundamental que los docentes sean conscientes de las implicaciones de sus acciones y cumplan con las responsabilidades inherentes a su función. 

El zombi de la destitución viene por ustedes, a ponerse abusados.

"Por lo tanto, le quedarían 34 días hábiles a su gestión y la sombra de la destitución se pasea por los pasillos de la Ugel Condorcanqui". 



Comentarios

Síguenos en nuestras redes sociales

Sígueme en YouTube Sígueme en TikTok  Sígueme en Twitter

Anuncio

Entradas más populares de este blog

¡ROSEMARY PIOC TENAZOA, LE MINTIÓ AL PAÍS!

ROSEMERY PIOC TENAZOA VUELVE A MENTIRLE AL PAIS

EL CASO CONDORCANQUI, AÚN QUEDA ESPERANZA.

¿Quién es Etsam Luis Chigkim Catip?

La Caída de las lideresas sociales: El Caso de Rosemary Pioc Tenazoa, Maria Clarivel Huaman Jintach y Silvia Samaniego Gutiérrez

Luis Chigkim Catip y el caso "San Marcelo": ¿Defensor de los estudiantes o estrategia de redención?