Dirección regional de Educación de Lima Metropolitana declaró fundada queja contra la UGEL 03, bajo la dirección de Carmen Rosa Medina Rosas, y el destaque continúa sin ejecutarse

Pese a la orden expresa de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, la UGEL 03 no ha emitido resolución sobre el destaque docente.

Por Leonardo Serrano Zapata




Un acto administrativo firme es como un tren que ha recibido la señal verde: debe avanzar. Cuando se detiene sin razón en medio del trayecto, no solo se retrasa el viaje de una persona, sino que se afecta la confianza en todo el sistema que lo sostiene.

El 19 de enero de 2026 presenté mi solicitud de destaque docente por unidad familiar ante la UGEL 03 (Exp. N.° MPD2026-EXT-0078533).

La Resolución Viceministerial N.° 009-2026-MINEDU, norma que regula las “Disposiciones que regulan el procedimiento para el destaque de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento” numeral 6.4.2, inciso d), numeral iv), es clara:

“El plazo (…) no puede exceder de diez (10) días calendario. En caso no se emita la conformidad en dicho plazo, se da por aceptada la misma, y la UGEL de destino procede a emitir la resolución de destaque”.

 

















Mi expediente quedó desde el 26 de enero en en el despacho de la directora de la UGEL 03, Carmen Rosa Medina Rosas, sin respuesta o resolución de destaque notificada. Ante la paralización una interpuse queja por defecto de trámite contra la UGEL 03.

¿QUÉ ES UNA QUEJA POR DEFECTO DE TRÁMITE?

 

Conforme al artículo 158 de la Ley N.° 27444, que señala:

“Los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación, en especial los que supongan paralización (…) o incumplimiento de plazos”.

La queja por defecto de trámite no es un recurso impugnativo; no discute el fondo del asunto. Es un mecanismo de control interno para que el procedimiento no quede dormido en un escritorio. Se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que viene incumpliendo el trámite. En el caso de la UGEL 03 , corresponde acudir a la Dirección Regional de Educación Lima Metropolitana, que ejerce función de supervisión y control.

QUEJA FUNDADA CONTRA LA UGEL 03

El 23 de febrero de 2026, mediante RDR N.° 00502-2026-DRELM, la Dirección Regional de Educación Lima Metropolitana, declaró fundada la queja por defecto de tramitación contra UGEL 03, representada por titular Carmen Rosa Medina Rosas.

 


Además, en el Art. 2 señala:

“DISPONER que en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de recibida la presente, la Unidad de Gestión Educativa Local N.° 03 cumpla con subsanar el defecto de tramitación que adolece el expediente N.° MPD2026-EXT-0078533”.

Fue notificada el 26 de febrero a la UGEL 03. Hasta hoy, no existe respuesta formal notificada. Finalmente, en su Art. 03. El inicio de determinación de responsabilidades ante la comisión de procesos administrativos disciplinarios de la DRELM y UGEL 03 a fin de determinar responsabilidades.

¡CELERIDAD SOLO PARA LAS REDES!

El 5 de febrero, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana anunciaba un acompañamiento a la UGEL 03, en redes la práctica “Sin esperas, resolución y sonrisas”, asegurando trámites en un solo día y gestión ágil en la UGEL 03.







Sin embargo, mi solicitud de destaque presentada el 19 de enero (Expediente N.° MPD2026-EXT-0078533) permaneció paralizada desde el 26 de enero en Dirección, sin resolución escrita. Fue necesaria una queja por defecto de trámite, declarada fundada mediante RDR N.° 00502-2026-DRELM el 23 de febrero y notificada el 26 de febrero, ordenando subsanar en 24 horas. Y hasta el momento no existe respuesta formal notificada.

El contraste es evidente: discurso de celeridad en redes, expediente sin resolver en la práctica. Entonces, ¿dónde quedó el acompañamiento de la DRELM a la UGEL 03? ¿la gestión “sin esperas” es una política institucional real o solo una narrativa comunicacional?

Muchos docentes no interponen quejas por defecto de trámite. A veces por desconocimiento. Otras veces por temor. Temor a represalias, a retrasos adicionales, a quedar “marcados” dentro del sistema. En un sector donde las decisiones administrativas inciden directamente en la estabilidad laboral, el silencio suele parecer más seguro que la defensa del derecho.

Mi caso no es aislado. En distintas UGEL del país existen docentes con expedientes paralizados y sin respuesta dentro de los plazos legales, lo que evidencia fallas en la supervisión de las Gerencias y/o Direcciones Regionales de Educación y ante un Ministerio de educación que por ahora está en manos de Erfurt Castillo Vera, cuestionado por su presunta cercanía con el partido Ahora Nación y por su antecedente disciplinario por abandono de cargo en la Universidad Nacional Federico Villareal en el 2017. Más allá de ello, corresponde al sector garantizar el cumplimiento efectivo de los procedimientos administrativos y brindar soporte real a los docentes.

¿Estamos ante una omisión administrativa o ante una decisión deliberada? La transparencia no se anuncia. Se demuestra.

 

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