Dirección regional de Educación de Lima Metropolitana declaró fundada queja contra la UGEL 03, bajo la dirección de Carmen Rosa Medina Rosas, y el destaque continúa sin ejecutarse
Pese a la orden expresa de la Dirección Regional de Educación de Lima
Metropolitana, la UGEL 03 no ha emitido resolución sobre el destaque docente.
Por Leonardo Serrano Zapata
Un acto administrativo firme es como un tren que ha recibido la señal verde:
debe avanzar. Cuando se detiene sin razón en medio del trayecto, no solo se
retrasa el viaje de una persona, sino que se afecta la confianza en todo el
sistema que lo sostiene.
El 19 de enero de 2026 presenté mi solicitud de destaque docente por unidad
familiar ante la UGEL 03 (Exp. N.° MPD2026-EXT-0078533).
La Resolución Viceministerial N.° 009-2026-MINEDU, norma
que regula las “Disposiciones que regulan el procedimiento para el destaque
de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”
numeral 6.4.2, inciso d), numeral iv), es clara:
“El plazo (…) no puede exceder de diez (10) días calendario. En caso no
se emita la conformidad en dicho plazo, se da por aceptada la misma, y la UGEL
de destino procede a emitir la resolución de destaque”.
Mi expediente quedó desde el 26 de enero en en el despacho de la directora de la UGEL 03, Carmen Rosa Medina Rosas, sin respuesta o resolución de destaque notificada. Ante la paralización una interpuse queja por defecto de trámite contra la UGEL 03.
¿QUÉ ES UNA QUEJA POR DEFECTO DE TRÁMITE?
Conforme al artículo 158 de la Ley N.° 27444, que señala:
“Los administrados pueden formular queja contra los defectos de
tramitación, en especial los que supongan paralización (…) o incumplimiento de
plazos”.
La queja por defecto de trámite no es un recurso impugnativo; no discute el
fondo del asunto. Es un mecanismo de control interno para que el procedimiento
no quede dormido en un escritorio. Se presenta ante el superior jerárquico de
la autoridad que viene incumpliendo el trámite. En el caso de la UGEL 03 ,
corresponde acudir a la Dirección Regional de Educación Lima Metropolitana, que
ejerce función de supervisión y control.
QUEJA FUNDADA CONTRA LA UGEL 03
El 23 de febrero de 2026, mediante RDR N.° 00502-2026-DRELM,
la Dirección Regional de Educación Lima Metropolitana, declaró fundada la
queja por defecto de tramitación contra UGEL 03, representada por titular
Carmen Rosa Medina Rosas.
Además, en el Art. 2 señala:
“DISPONER que en un plazo no mayor
de veinticuatro (24) horas de recibida la presente, la Unidad de Gestión
Educativa Local N.° 03 cumpla con subsanar el defecto de tramitación que
adolece el expediente N.° MPD2026-EXT-0078533”.
Fue notificada el 26 de febrero a la UGEL 03. Hasta hoy, no existe respuesta
formal notificada. Finalmente, en su Art. 03. El inicio de determinación de
responsabilidades ante la comisión de procesos administrativos disciplinarios
de la DRELM y UGEL 03 a fin de determinar responsabilidades.
¡CELERIDAD SOLO PARA LAS REDES!
El 5 de febrero, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana anunciaba un acompañamiento a la UGEL 03, en redes la práctica “Sin esperas, resolución y sonrisas”, asegurando trámites en un solo día y gestión ágil en la UGEL 03.
Sin embargo, mi solicitud de destaque presentada el 19 de enero (Expediente
N.° MPD2026-EXT-0078533) permaneció paralizada desde el 26 de enero en
Dirección, sin resolución escrita. Fue necesaria una queja por defecto de
trámite, declarada fundada mediante RDR N.° 00502-2026-DRELM el 23 de febrero y
notificada el 26 de febrero, ordenando subsanar en 24 horas. Y hasta el momento
no existe respuesta formal notificada.
El contraste es evidente: discurso de celeridad en redes, expediente sin
resolver en la práctica. Entonces, ¿dónde quedó el acompañamiento de la DRELM a
la UGEL 03? ¿la gestión “sin esperas” es una política institucional real o solo
una narrativa comunicacional?
Muchos docentes no interponen quejas por defecto de trámite. A veces por
desconocimiento. Otras veces por temor. Temor a represalias, a retrasos
adicionales, a quedar “marcados” dentro del sistema. En un sector donde las
decisiones administrativas inciden directamente en la estabilidad laboral, el
silencio suele parecer más seguro que la defensa del derecho.
Mi caso no es aislado. En distintas UGEL del país existen docentes con
expedientes paralizados y sin respuesta dentro de los plazos legales, lo que
evidencia fallas en la supervisión de las Gerencias y/o Direcciones Regionales
de Educación y ante un Ministerio de educación que por ahora está en manos de Erfurt
Castillo Vera, cuestionado por su presunta cercanía con el partido Ahora
Nación y por su antecedente disciplinario por abandono de cargo en la
Universidad Nacional Federico Villareal en el 2017. Más allá de ello,
corresponde al sector garantizar el cumplimiento efectivo de los procedimientos
administrativos y brindar soporte real a los docentes.
¿Estamos ante una omisión administrativa o ante una decisión deliberada? La
transparencia no se anuncia. Se demuestra.
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