No son 370,000 los electores invidentes en el país: la plantilla Braille no es una cédula electoral
Las cifras y condiciones
reales del voto de las personas con discapacidad ponen en evidencia la
desinformación de Perú21. Según ONPE en el 2022 la cantidad de peruanos
habilitados en por RENIEC fue de 19,491 electores.
Por Leonardo Serrano Zapata.
Perú21 ha sostenido que existen alrededor de 370,000 electores invidentes, lo cual no se sustenta en datos oficiales de las autoridades electorales. Asimismo, la directora del medio afirma que el problema se replica «en todas las cédulas para invidentes a nivel nacional» y cita a INEI y CONADIS para señalar que 70,000 electores estarían afectados, una cifra que también resulta imprecisa.
La ONPE en el 2023 publicó el informe de trabajo; Acceso al voto de
las personas con discapacidad en Perú, el rol de los organismos de gestión
electoral, donde se señala que el registro de participación de personas con
discapacidad sensorial (visual) pasó de 3,927 en 2014 a 19,491 en las
elecciones regionales y municipales de 2022 en el padrón elaborado por el
RENIEC, y que para las elecciones de 2026 se planificó la impresión de 30,000
plantillas Braille.
Esta diferencia entre la cifra utilizada para sustentar la denuncia y los
datos oficiales de planificación evidencia una inconsistencia relevante.
30 mil plantillas
Braile impresas para las elecciones 2026
La denuncia publicada por Perú21 el 12 de abril de 2026 afirma que las cédulas
en Braille para personas con discapacidad sensorial consignaban el apellido
"Belmont" en los cinco casilleros electorales y que ello constituía
un favorecimiento ilegal al candidato Ricardo Belmont del Partido Cívico Obras.
El problema central del reportaje es que confunde dos objetos distintos: la
plantilla Braille no es la cédula de sufragio.
La cédula de sufragio de las Elecciones Generales 2026 tiene cinco
columnas, cada una correspondiente a una elección diferente: fórmula
presidencial, senadores nacionales, senadores regionales, diputados y
representantes ante el Parlamento Andino. Es idéntica para todos los electores
de una misma mesa.
Fuente: ADQUISICIÓN DE PLANTILLA BRAILLE – EG 2026, ONPE. La
ONPE adquirió 27 modelos distintos de plantilla para sufragio (30,000 unidades
en total) y 1 modelo para capacitación (17,000 unidades), diferenciados por
departamento y circunscripción.
La plantilla Braille es una guía táctil de cartulina opalina blanca que
se superpone a esa cédula.
Según las Especificaciones Técnicas aprobadas por la Gerencia de Gestión
Electoral de la ONPE, la plantilla tiene troquelados —ventanas recortadas— que
permiten al elector invidente ubicar con los dedos la posición de cada
candidato y marcar su voto directamente sobre la cédula oficial. El modelo
referencial del mismo documento identifica cada posición con etiquetas
genéricas: "BRAILLE 1", "BRAILLE 2", y así sucesivamente.
La plantilla no vota por nadie.
Si la plantilla del colegio Alfonso Ugarte mostraba "Belmont"
en alguna posición, es porque esa posición era la que el Partido Cívico Obras
ocupaba en la cédula de ese distrito, determinada por el sorteo público de
febrero de 2026.
Ese sorteo asigna a cada partido una fila diferente según la
circunscripción y el tipo de elección. La ONPE produjo 27 modelos de plantilla
—uno por circunscripción— precisamente porque el orden varía en cada
jurisdicción.
¿Cómo es el voto de los ciudadanos
invidentes?
El elector con discapacidad sensorial; «Condición permanente vinculada
a la falta, disminución o pérdida en el funcionamiento de la vista, audición
y/o habla, así como de cualquier otro sentido». (ONPE, 2023), puede
solicitar ingresar a la cámara secreta acompañado de una persona de su
confianza. Además, el personal de la ONPE identificado con chaleco azul está
disponible para orientarlo desde su llegada al local de votación. Todo lo
actuado queda registrado en el acta electoral de la mesa, que da fe del proceso
completo.
Fuente: Cartilla para promover la
participación de las personas con discapacidad – ONPE, EG 2026. Primera
edición, febrero de 2026. Tiraje: 83,700 ejemplares. Depósito Legal N.°
2026-00552.
La Cartilla para promover la participación de las personas con
discapacidad detalla los pasos del proceso e indica que la plantilla Braille es
"gratuita y de uso personal".
Si el elector con discapacidad visual puede contar con un acompañante de
su elección dentro de la cabina, resulta difícil sostener que la sola aparición
de un apellido u otro elemento en la plantilla determine su voto. La hipótesis
de un direccionamiento masivo por términos como “Belmont” o “Huaco” carece, por
ahora, de sustento empírico, pues omite que el elector dispone de apoyo de su
acompañante y del personal electoral, conforme al protocolo de la ONPE, lo que
garantiza el ejercicio libre e informado del sufragio.
La calificación del hecho como “inmoral e ilegal” resulta prematura, en
tanto no se ha acreditado una afectación concreta al derecho al voto de las
personas con discapacidad visual. Hasta el momento, no existen actas,
testimonios directos ni evidencia verificable que demuestren que algún elector
haya visto condicionado o direccionado su voto como consecuencia del contenido
de las plantillas en sistema Braille.
En Arequipa, electores con discapacidad visual señalaron limitaciones al
momento de votar, como el uso de siglas irreconocibles en lugar de nombres de
partidos y la ausencia de pegatinas adhesivas que fijaban la plantilla para
evitar desplazamientos. No obstante, ello no implica que se haya impedido el
ejercicio libre del voto, pues, según los propios reportes, estas situaciones
fueron atendidas por el personal de la ONPE.
En ese sentido, más que alimentar interpretaciones apresuradas, el debate
debe centrarse en mejorar los mecanismos de accesibilidad electoral. Las
incidencias reportadas muestran aspectos que deben corregirse en los siguientes
procesos electorales para garantizar mejores condiciones de votación para las
personas con discapacidad.
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